Aprobación
original: 5/08/91 (Participación de los padres 6156)
Fecha de vigencia: 04/12/06
Fechas
de revisión: 11/09/00 y 12/09/05 (Participación de los padres), 04/12/06
I.
PROPÓSITO
El
propósito de esta política es asociarse con las familias en un esfuerzo
conjunto para proporcionar a los estudiantes de las Escuelas de la
ciudad de Memphis un ambiente de hogar/escuela/comunidad que fomente el
logro académico y les permita cumplir con los estándares de rendimiento
académico federales, estatales y de la ciudad.
II.
ALCANCE
Este
plan de acción se aplica a todas las familias cuyos hijos asisten a las
Escuelas de la ciudad de Memphis, así como a los administradores,
directores, maestros y personal de apoyo de estas escuelas.
III.
DECLARACIÓN DE POLÍTICAS
Las
familias tienen la responsabilidad principal de educar a sus hijos.
Ellas proporcionan la base del éxito académico. Las Escuelas de la
ciudad de Memphis respetan los roles y las responsabilidades que tienen
las familias para asegurarse de que sus hijos reciban una educación
adecuada y están comprometidas en el desarrollo de una
asociación sólida y continua con las familias para crear o fortalecer
ambientes estimulantes de aprendizaje tanto en la escuela como en casa.
Los administradores, directores, maestros y personal de apoyo de cada
escuela deben crear un clima de respeto y de cooperación con las
familias que se reflejará en todas las interacciones entre maestros y
el personal. Este clima de respeto y cooperación se basará en los
siguientes objetivos:
- Proporcionar
una significativa comunicación bilateral entre familias y maestros y
entre las familias, escuelas, el distrito y la comunidad;
- Proporcionar
oportunidades para que las familias participen de una manera
significativa y variada en las organizaciones de liderazgo distrital y
escolar y en otras actividades escolares, así como en programas y
actividades de la comunidad que apoyen el logro académico de los
estudiantes;
- Eliminar
o reducir las barreras para conseguir una mayor participación familiar
y mejores relaciones entre padres e hijos. Estas barreras incluyen,
pero no se limitan a, las barreras socioeconómicas, de idioma,
culturales, raciales, étnicas, de necesidades especiales o nivel
cultural limitado; y
- Proporcionar
oportunidades de capacitación y seminarios de información para las
familias que les permitan entender los estándares de contenido y logro
académico del estudiante, así como los materiales académicos para
mejorar sus capacidades como padres.
El
distrito escolar, conjuntamente con los padres y apoderados,
desarrollarán un Plan de participación para la familia y la comunidad
basado en los objetivos descritos en esta política.
Las
actividades y estrategias del plan deben ser incorporadas en el Proceso
de planificación a nivel del sistema integral de Tennessee
(Tennessee Comprehensive System wide Planning Process). Tanto
las escuelas del Título I como las que no pertenecen al mismo,
conjuntamente con los padres y apoderados, también desarrollarán un
plan de participación para la familia y la comunidad basado en los
objetivos de participación de los padres del distrito y otros objetivos
que la escuela considere apropiados.
Los
padres cuyos hijos asistan a escuelas del Título I participarán
totalmente en el desarrollo, implementación y evaluación del Plan para
mejorar la educación escolar y en el proceso de revisión escolar para
evaluar el progreso. El plan de participación de la familia y la
comunidad y un resumen de los resultados del plan se incluirán en el
Plan para mejorar la educación escolar, de ser aplicable.
Asamblea
de padres
El
Superintendente de las escuelas organizará una Asamblea de padres a
nivel distrital para apoyar al sistema escolar y brindar a los niños
una educación de calidad. Los propósitos de la asamblea de padres son:
a.
Apoyar al sistema escolar a nivel nacional, estatal y local
recomendando programas y políticas educativas sólidos;
La
asamblea de padres incluirá representantes de los padres de todas las
escuelas del distrito.
Consejo
consultivo de la familia y la comunidad
El
Superintendente de las escuelas organizará un Consejo consultivo de la
familia y la comunidad para apoyar al sistema escolar a brindar a los
niños una educación de calidad.
El
Consejo estará formado por miembros de la Asamblea de padres que
representen a las escuelas de Título I como a las que no pertenecen al
mismo; personal distrital, un miembro del Consejo; y representantes de
la comunidad. El Consejo reflejará la diversidad socioeconómica,
lingüística, y cultural del distrito escolar. El propósito del Consejo
será:
a.
Participar en el desarrollo, la implementación y la evaluación de la
política de participación familiar a nivel distrital;
b.
Participar en el desarrollo, implementación y evaluación del Plan de
participación para la familia y la comunidad a nivel distrital y
coordinar las estrategias de participación de los padres en diferentes
programas;
d.
Participar en la planificación y desarrollo de políticas y programas a
nivel distrital que se centren en temas como la tarea, asistencia y
conducta del estudiante; y
e.
Participar en la decisión sobre la distribución de los fondos de Título
I para actividades de participación familiar.
Cada
escuela local debe tener un consejo de padres/escuela/comunidad que
apoyará en la planificación de actividades de participación familiar y
que promuevan el rendimiento académico del estudiante en la escuela. El
consejo, que puede ser una organización ya existente o nueva, debe
reflejar la diversa población estudiantil en la escuela. El propósito
del consejo será:
a.
Participar en el desarrollo, implementación y
evaluación del Plan de participación para la familia y la comunidad a
nivel escolar;
c.
Participar en la planificación y desarrollo de reglas y programas
basados en la escuela que se centren en temas como la tarea, asistencia
y conducta del estudiante; y
d.
Participar en la decisión sobre la distribución de los fondos de Título
I para actividades de participación familiar.
El
pago de una cuota de membresía a una organización de padres a nivel
escolar no constituye un prerrequisito para ser un representante de los
padres en el consejo. Las Escuelas de la ciudad de Memphis ofrecerán
capacitación formal a los administradores a nivel distrital, los
administradores de escuelas locales y a los maestros para ampliar sus
conocimientos y capacidades en el trabajo con las familias. Las
Escuelas de la ciudad de Memphis también apoyarán el desarrollo del
plan de enseñanza y los programas de capacitación con la participación
de los padres del distrito y en la comunidad universitaria. El distrito
iniciará el contacto con todas las universidades locales para tratar
sobre el programa de estudios que involucre la participación de los
padres de familia en sus instituciones. Dichas conversaciones
incluirán, sin limitarse a, las oportunidades de experiencia de campo
para los maestros practicantes en la participación de los padres de
familia, así como cursos específicos sobre la participación de los
padres de familia en cada institución para los miembros de las
escuelas, de los padres de familia y la comunidad.
IV.
RESPONSABILIDAD
A.
El Departamento de servicios de ayuda al estudiante tiene la
responsabilidad de implementar esta política.
B.
El Departamento de NCLB, con el apoyo del Departamento de investigación
y evaluación, tiene la responsabilidad de evaluar el Plan de
participación familiar del distrito escolar.
C.
Los directores tienen la responsabilidad de asegurar que se
desarrollen, implementen y evalúen los planes de participación de la
familia y de la comunidad a nivel escolar.
D.
Los padres y apoderados tienen la responsabilidad de buscar
oportunidades en la escuela, hogar y comunidad que ayuden a la
educación de sus hijos y que aseguren que sus hijos cumplan con los
estándares académicos.
Referencias
legales: Referencia
cruzada:
- L
TCA 49-2-305
- TCA49-6-7O01-7003
- Título
1 de la Ley de educación primaria
y secundaria, Sección 1118
Participación
familiar 4.502 Reglas
y reglamento
administrativo
Aprobación
original: 5/08/91 (Participación de los padres 6156)
Fecha de vigencia: 04/12/06
Fechas
de revisión: 11/09/00 y 12/09/05 (Participación de los padres), 04/12/06
I.
Administración del distrito
- La
Oficina de asuntos académicos organizará una Asamblea de padres
compuesta de un padre elegido de cada escuela en el distrito. El
representante de los padres de familia será seleccionado por un grupo
de padres que represente los intereses de todos los padres en la
escuela, como la PTA o PTO o el Consejo consultivo del Título Uno.
La
Asamblea de padres será dirigida por una junta directiva de 13
personas. Los miembros de la Junta serán los representantes de la
Asamblea de padres y serán elegidos por los miembros de la asamblea. La
junta directiva tendrá representación geográfica, de los grados de
escolaridad y de las necesidades especiales. Un mínimo de nueve
miembros de la Junta representará a las escuelas que reciben los fondos
del Título 1.
Los
miembros de la Asamblea de padres y de la Junta directiva servirán
durante períodos de dos años.
- El
Consejo consultivo de la familia y la comunidad contará con 19
integrantes. Siete representantes deben pertenecer a la junta directiva
de la Asamblea de padres, que representen a la población de las
escuelas primaria, media y secundaria y a la población con necesidades
especiales. Ellos serán designados por el presidente de la junta
directiva. Por lo menos cuatro de los siete representantes de la
Asamblea de padres deben pertenecer a las escuelas que reciben los
fondos del Título. Ocho representantes serán miembros del personal de
distrito escolar y serán designados por el Superintendente. Tres
representantes pertenecerán a la comunidad de Memphis. Ellos deben ser
designados por los representantes de los padres de familia y del
distrito para el Consejo consultivo. Un representante debe ser miembro
de la junta escolar y será designado por el presidente de la Junta.
Todos los miembros del Consejo consultivo del distrito y la
comunidad servirán durante períodos de dos años. Todos los padres
miembros del Consejo servirán durante períodos de dos años a partir de
la fecha de su servicio en la Asamblea de padres. El representante de
los miembros de la Junta servirá durante un período de un año.
- El
Consejo consultivo de la familia y la comunidad desarrollará un Plan de
participación de la familia y la comunidad basado en los objetivos
descritos en la política. El plan debe incluir los objetivos medibles
para alcanzar los objetivos de la participación de los padres, un
cronograma para el logro de los objetivos y un método de evaluación de
los resultados. El plan pasará a formar parte del Plan consolidado del
Título I del distrito escolar.
- La
División de participación de los padres de familia coordinará todas las
actividades relacionadas con la participación familiar, incluyendo las
actividades relacionadas con la capacitación de los padres de familia.
Las oportunidades de capacitación y los seminarios informativos para
las familias estarán disponibles en horarios convenientes, incluyendo
las horas después de clases y los fines de semana, de ser necesario.
- La
División de participación de los padres de familia desarrollará un
método centralizado en el mantenimiento y divulgación de información a
los padres de familia y recibirá información de los padres. Además de
los recursos de las Escuelas de la ciudad de Memphis, el distrito usará
los medios informativos locales como televisión, radio y prensa escrita
para informar a los padres de familia sobre sus derechos y
responsabilidades federales.
II.
Escuelas locales
A.
Cada escuela debe facilitar el establecimiento de por lo menos una
organización de padres de familia a nivel escolar que represente la
diversidad de la población estudiantil.
B.
Los representantes de los padres de familia, la escuela y la comunidad
desarrollarán un Plan de participación familiar basado en los objetivos
descritos en la política. El plan debe incluir los objetivos medibles
para alcanzar los objetivos de la participación de los padres, un
cronograma para el logro de los objetivos y un método de evaluación de
los resultados. El plan formará parte del Plan para mejorar la
educación escolar de las escuelas del Título 1.
C.
Los directores demostrarán que todos los padres de familia están
informados de y tienen la oportunidad de participar en la organización
de padres y que todos los padres están informados sobre las decisiones
y actividades de dicha organización.
D.
Los padres de las escuelas del Título I deben participar completamente
en el planeamiento, implementación, y evaluación del Plan para mejorar
la educación escolar. El director llevará un registro documentario
sobre la participación de los padres de familia y los grupos encargados
de la toma de decisiones de la escuela y debe permitir que los padres
concluyan el plan como prueba de su participación en la preparación y
revisión del Plan para mejorar la educación escolar. Una escuela puede
incluir miembros del personal que sean padres participantes en la
escuela en un equipo de planificación para mejorar la educación
escolar, pero los miembros del personal no serán representantes de los
padres de familia de dicha escuela para fines de información. El
representante de los padres de familia no debe ser un empleado de la
escuela.